ExConvento de San Agustin

37 calle de por medio; y por la parte de la huerta colindaba por una par- te con otra huerta, perteneciente a la casa del médico don Nicolás de Armenta y por la otra, del lado sur, con el antiguo solar de San Agus- tín. El predio tenía cincuenta varas frente a la calle, y cuarenta de fondo. La huerta tenía cuarenta y un varas con derecho al agua de la acequia real, que salía de la ciudad para las labores de trigo. 32 La escrituración de compra-venta de la residencia de los herederos de Fernández de los Ríos se firmó el 22 de diciembre de 1727 con las condiciones y cláusulas convenidas. El precio pactado fue de veinte mil pesos de oro común, de los cuales catorce mil se cargaron sobre las haciendas de San Nicolás y de Taretan, en propiedad de la provincia agustina, para que de allí se pagaran cada año los réditos correspon- dientes, y desobligar así un gravamen sobre la hacienda de Xalpa, en propiedad del bachiller Juan Fernández de los Ríos, fincada en catorce mil pesos de censo a favor de diversos dueños. Los restantes seis mil pesos se adjudicarían al convento, si se fundaba. Si no, al hospicio en Querétaro, con la condición y obligación de que se oficiaran cien misas cada año; cantadas dos, la del 4 de marzo y la del 3 de septiem- bre, por las almas del capitán Fernández de los Ríos y de su esposa y, las demás, rezadas por su intención, 33 obligación que comenzaría des- de el día en que se firmara la escritura. 34 Desde el inicio del nuevo año la provincia tomó posesión del edi- ficio y el primero de febrero de 1728 se inició su transformación en convento. Por el mes de julio del mismo llegó de España fray Joaquín de Bayas trayendo la licencia de su fundación, que se presentó para su observancia ante el virrey Juan de Acuña, marqués de Casafuerte, el 32 asaq , Libro de Memorias 1728, op. cit ., f. 3v; también aheq , Protocolo 1727, Not. F. de Vittorica, op. cit ., fs. 315v, 316. Escrituración Compra-Venta de la casa de los herede- ros Fernández de los Ríos. 33 Determinación de la voluntad en orden a un fin, ( drae) , que en este caso sería por la salvación de las almas de los esposos Fernández de los Ríos. 34 asaq , Libro de Memorias 1728, op. cit ., fs. 4, y 4v. Los Fernández de los Ríos habían invertido 50 000 pesos en la construcción de su casa. Sin embargo, el avalúo para la com­ pra-venta resultó en 20000 pesos oro común. La orden agustina pagó con 14 000 pesos oro común, provenientes de las haciendas de San Nicolás y Taretan, quedando un crédi- to de 6 000 pesos oro común pagadero con 100 misas anuales rezadas por la intención de los esposos.

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